¿Qué es el 7p? ¿En qué casos las rentas resultan exentas para el IRPF?

La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas prevé casos de rentas que resultan exentas para el IRPF. En su artículo 7 apartado p) trata el caso de los trabajadores desplazados o expatriados quienes se benefician de la exención por un montante de hasta 60.100 euros anuales. En otros términos, el salario del trabajador no será gravado de impuestos por los primeros 60.100 euros.

El objetivo de esta exención es doble:

  1. incentivar la competitividad y la internacionalización de las empresas españolas 
  2. revertir el conocimiento adquirido por el trabajador en el extranjero en beneficio para la empresa española.

Esta exención es una ventaja tanto para el trabajador como para la empresa ya que el trabajador desplazado percibe una mayor remuneración en neto sin que suponga ningún coste para la empresa que lo emplea.

Requisitos para aplicar la exención

No todos los trabajadores que se desplazan por motivos laborales podrán aplicar la exención. Para poder beneficiarse de la exención 7p, hay que cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser residente fiscal español en el año del desplazamiento
  2. El país de destino debe tener un Convenio para evitar la doble imposición con España, o tener un impuesto análogo al de la renta (no puede tratarse de un paraíso fiscal).
  3. El trabajo debe realizarse de forma efectiva en el extranjero y debe beneficiar una empresa no residente.
  4. No puede aplicarse en caso de haber escogido tributar por el régimen de excesos

NB. No es aplicable para autónomos